Por: Roberto de Jesús Guerra Pérez, Periodista Independiente, Director del Centro de Información Hablemos Press (CIHPRESS) y Vice-presidente primero del Consejo de Relatores de D.H en Cuba.
El órgano oficial del Partido Comunista de Cuba (PCC), Granma, publicó el lunes un decreto del Consejo de Estado de la República, en la que el 26 de junio pasado se aprobó, el Decreto Ley No. 268 "Modificativo del Régimen Laboral", que autoriza a residente en otras provincias del país, cubrir sus necesidades laborales de forma temporal o permanente, que antes tenía el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social, que prohibían que ciudadanos trabajaran en la capital cubana sin una dirección de residencia permanente.
La nota oficial dice:
Se traslada a los jefes de órganos, organismo de la Administración Central del Estado y otras entidades nacionales, así como al Presidente del Consejo de la Administración Provincial de Ciudad de La Habana, la facultad de contratación en la capital de trabajadores residente en otras provincias, para cubrir sus necesidades laborales de forma temporal o permanente, que antes tenía el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Mas adelante —Destaca particularmente la regulación integral del pluriempleo, mediante los cuales se posibilita que los trabajadores, después de cumplir los deberes del cargo que desempeñan, puedan concertar más de un contrato de trabajo y percibir el salario correspondiente. De estos contratos de trabajo, uno será considerado como el principal, que es el concertado por el trabajador con anterioridad a suscribir el contrato de trabajo adicional. Ello no sería aplicable a los cuadros y funcionarios, técnicos y profesionales de la salud, investigadores profesores maestros y auditores, excepto para el ejercicio de cargos docentes, de investigación científica u otros que les sean aprobados por decisión expresa de la autoridad u órgano que los designó o eligió.
Según la ley 268 que ya fue puesta en vigor —Ofrece la posibilidad de que los estudiantes de los cursos regulares de los niveles medio superior y superior, en edad laboral pueda incorporarse a trabajo mediante contratos por tiempo determinado, en la modalidad a tiempo parcial, y percibir ingresos por los resultados, sin perjuicio de su formación profesional, rendimiento docente y el cumplimiento de servicio social cuando egrese.
En todo esos casos, el decreto ley define que los trabajadores con pluriempleo tienen los derechos laborales y de seguridad social legalmente establecidos.
Con la aprobación del decreto el gobierno de La Habana pone una vez mas sobre el tapete algo que durante años venía ocultando. La prohibición a personas residentes en otras provincias que se presentan a trabajar en la capital pero al no tener residencia permanente son deportados. De lo cual miles de ciudadanos han sufrido persecución, destierro, cárceles, hostigamiento y multas así como extradición declarándolos ilegales.
Activistas de derechos humanos han denunciado durante años la persecución contra ciudadanos, principalmente jóvenes que vienen a trabajar a la capital los cuales son deportados. Se estima que entre 70 y 80 mil personas por año.
Esperemos que la 268 no sea una mas de las leyes lanzadas por el general Raúl Castro para "eliminar prohibiciones" que aun no son eliminadas. Sólo son hechas para silenciar a la opinión pública como la liberación de los teléfonos celulares que los cubanos no podían comprar, ordenadores, el acceso a internet y la tierra a los campesinos entre otras que aun continúan en un dilema.
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