La Habana, 28 de enero de 2008.
A: Sr. Juan Escalona Regueira.
Fiscal General de la República de Cuba.
Nosotros, ciudadanos cubanos en plenitud de derechos civiles y políticos, nos dirigimos a usted porque queremos expresar nuestra preocupación y desacuerdo con relación a las evidentes contradicciones que se han mostrado públicamente sobre los resultados finales del proceso electoral celebrado entre los meses de octubre 2007 y enero del presente año.
De acuerdo a la Ley No. 72 o Ley Electoral de 1992, sancionada por usted cuando era presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, los datos ofrecidos por el presidente de la Comisión Electoral Nacional (CEN) son los oficiales. El viernes 25 de enero de 2008, la presidente del CEN en la Mesa Redonda, los dio a conocer frente a las cámaras de la televisión cubana, sin embargo al día siguiente, el periódico Granma, órgano oficial del Comité Central del Partico Comunista publicó otros resultados que contradicen lo dicho por la presidenta de la CEN.
Durante la comparecencia, la Lic. María Esther Reus máxima representante de la CEN, informó entre los datos de las elecciones, que 852 216 ciudadanos habían anulado sus boletas. Cifra que consideramos correcta, pues fue aceptado por todos los presentes en el programa, entre ellos miembros de la Comisión Electoral Nacional; Lázaro Barredo, director del periódico Granma y Randy Alonso, conductor de la Mesa Redonda y director de la Oficina de Información Del Consejo de Estado. Sin embargo, un día después en el periódico Granma la cifra era de sólo 85 216, lo que contradice evidentemente la cantidad dada por la también Ministra de Justicia.
Por otra parte, hubo una gran discordancia en relación al total de ciudadanos inscritos en el Registro Electoral. Durante la primera etapa en octubre de 2007 era de 8 474 833, el lunes 21 de enero en conferencia de prensa se informó que el total de registrados ascendió a 8 647 602 y el viernes 25 de enero la cifra volvió a cambiar, esta vez eran 8 495 917. Con relación a las diferencias entre las dos últimas, la Lic. María Esther Reus ofreció algunas excusas para justificar la diferencia, las cuales no fueron convincentes.
Nuestras interrogantes son: ¿Cómo es posible que si durante meses se movilizaron según la prensa oficial 192 000 personas para darle estricto cumplimiento a la Ley Electoral en su Título III, Capítulo II “De la formación del Registro de Electores” (procedimientos a seguir para que no haya errores), la cifra del total de electores variara en 151 685 ciudadanos tan sólo en 5 días? ¿Es lógico pensar, como argumentó la presidenta del CEN, que una actualización tan grande en esos días sea justificada con la incorporación de casos ordinarios y excepcionales, y las bajas por fallecimiento? ¿Quién o quienes son los responsables de esta diferencia?
Este dato es vital para establecer claramente los porcientos de votación. La diferencia de más de 150 000 personas, puede influir sobre: el total de participantes, los ciudadanos que decidieron no asistir, y las boletas anuladas y dejadas en blanco.
También esta vez como en octubre de 2007, la Comisión Electoral Nacional viola los derechos constitucionales de más de 30 000 ciudadanos cubanos (los colaboradores internacionalistas). La Ley Electoral establece en el Capítulo II, Artículo 7 las limitaciones que impiden a un ciudadano cubano ejercer el derecho al voto. No se menciona el estar cumpliendo misión en el extranjero como una limitante, y en ningún momento se ofreció alguna información que los incluyera como un caso excepcional de limitación de derechos civiles y políticos.
En este caso, la misma Ley Electoral establece los modos y sanciones para aquellos que impidan el derecho de los ciudadanos a votar. Sobre este tema no consideramos necesario realizar algún otro argumento, lo dejamos a su capacidad de interpretar la legalidad socialista y de hacer cumplir las leyes establecidas por el estado cubano.
Conclusiones:
Estas confusiones de la presidenta del CEN y el órgano de prensa del Partido Comunista, nos hace dudar acerca de los datos finales del proceso electoral. Si se limitan los derechos al voto a más de 30 000 personas y hacen desaparecer más de 150 000 ciudadanos supuestamente registrados en el censo electoral nacional, reduciendo la cifra de boletas anuladas a sólo una decima parte, corresponde a usted iniciar una investigación.
La Constitución de la República de Cuba es clara al respecto al plantear en su artículo 127 lo siguiente: La Fiscalía General de la República es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivos fundamentales, el control y la preservación de la legalidad sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, por los organismos del Estado, entidades económicas y sociales y por los ciudadanos, y la promoción y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado.
Como Fiscal General de nuestro estado le exigimos que realice un proceso investigativo, depure responsabilidades y hasta tanto, recomiende a la actual legislatura que detenga la toma de posesión de las nuevas Asambleas Provinciales y la Asamblea Nacional, toda vez que de hacerlo y comprobarse la falsedad de los datos ofrecidos por una de las partes involucradas en el proceso electoral y con las violaciones a las leyes cubanas, estas asambleas serían consideradas espurias y se corre el riesgo de permitir que las nuevas autoridades elegidas estén fuera de la ley y el país quede sin representación legal.
Le escribimos amparados en los artículos 26 y 63 de la Constitución de la República que dictaminan:
Art. 26: Toda persona que sufriere daño o perjuicio causado indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de sus cargos, tiene derecho a reclamar y obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley, y
Art. 63: Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en el plazo adecuado, conforme a la ley.
Nos basamos en el 26 porque quien haya manipulado los resultados de las elecciones ha causado prejuicios a millones de ciudadanos cubanos que votaron durante las dos etapas del proceso electoral, que estamos disgustados con el resultado de las elecciones y por eso queremos que se demande a los responsables. El 63 establece nuestro derecho a enviarle esta carta y a recibir respuesta adecuada dentro de lo establecido por la ley.
Consideramos correcto sugerir, que si hubiera que repetir el proceso electoral se invite a representantes de organismos internacionales de los que el parlamento cubano forma parte: como el Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y la Unión Interparlamentaria (UIP), además de otros como la Fundación Carter, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Cumbres Iberoamericanas, que pudieran participar como observadores. El ejemplo del señor Hugo Chávez, presidente de la República Bolivariana de Venezuela, fiel aliado de Cuba es un buen ejemplo de cuando un gobernante no tiene dudas acerca de su legitimidad e institucionalidad, tal y como fue el referendo del 2 de diciembre de 2007 en esa hermana nación americana y en otros procesos anteriores a los que este mandatario invitó a observadores.
Esperamos que en el plazo establecido por la ley usted nos de una respuesta satisfactoria, y que no seamos molestados por establecer una demanda dentro de lo establecido por las leyes cubanas.
Sin más,
Rafael E. Ávila Pérez.
Carlos Ríos Otero.
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