Como caso especial no incluye a los habitantes de provincia Habana, los cuales gozan de cierta excepcionalidad para trasladarse libremente hacia la Ciudad de la Habana. Esto trae por consecuencia que los ciudadanos interceptados en la vía pública, por los agentes de la autoridad, si al ser identificados no consta en su carnet de identidad la residencia permanente en la capital o no poseen el permiso de tránsito por esta, conocido como Transitoria, son conducidos y detenidos en la Unidad de Policía más cercana a disposición de la medida a tomar en contra de ellos.
Para garantizar el cumplimiento de dicho decreto, las medidas que se toman van desde multas administrativas de alta cuantía (más de 500 pesos en moneda nacional) hasta la deportación forzosa. Esto último trae por consecuencia colateral, que los que están sujetos a ella, tengan que permanecer, sin haber cometido ningún delito o estar pendiente a proceso legal, encerrados en un calabozo, hasta que se facilite el transporte que los regresaría a su lugar de origen, dándose el caso de quienes han permanecido hasta doce días en condiciones de detención arbitraria.
La residencia en la Ciudad de la Habana es algo más complejo; se necesita en primera instancia que quien acepte al futuro residente posea una vivienda en propiedad y esta debe tener la amplitud necesaria para que cada conviviente disfrute de un espacio de más de 10 metros cuadrados y, para terminar la odisea, debe ser autorizado por el órgano administrativo correspondiente. Quienes violen estos mecanismos están sujetos a ser multados con cuotas de más de 1000 pesos en moneda nacional.
Esta es la situación permanente que vive el cubano después de 50 años de régimen.
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