Por: Roberto de Jesús Guerra Pérez, Periodista Independiente y Director del Centro de Información Hablemos Press (CIHPRESS).
La Habana, Cuba, 15 de agosto, Hablemos Press/ Esteban Herrera Gómez, de 33 años de edad, será presentado ante el tribunal municipal popular de Centro Habana, este miércoles 16 de septiembre, acusado por agentes de la policía nacional de la unidad de Zanja donde permanece encarcelado desde el día 11 por peligrosidad social predelictiva, según comunicó su esposa Nolailis Rancol Negret a Hablemos Press.
Rancol Negret, madre de tres menores, hijos también de Herrera Gómez, tendrá que comparecer en el juicio junto a otra joven madre de 2 que no quiso dar su nombre por temor.
El tribunal dispuesto en la calle Campanario entre San Miguel y San Rafael donde le celebrarán el juicio sumario a Esteban, al que “no le han dado el derecho a ser defendido por un abogado, podrá condenarlo hasta 4 años de cárcel”, declaró su esposa.
Los nombrados el pasado jueves 10, en la noche, según cuentan Rancol, penetraron en un local del gobierno que se encontraba abandonado, situado en la calle Márquez González entre Neptuno y San Miguel en el municipio Centro Habana de donde la policía los sacó por la fuerza y Herrera fue arrestado como principal autor del hecho.
Ante la falta de respuesta hace 2 años por parte del gobierno y vivienda municipal, estas madres de la raza negra decidieron entrar en dicho almacén para resolver su situación ya que se encuentran durmiendo en un parque de Centro Habana a la intemperie por no tener vivienda, según pudo confirmar en anteriores ocasiones este periodista.
Una vecina de los familiares de Herrera dijo que “como es posible que en un país socialista, a un hombre, que es trabajador del centro comercial Flogar, ubicado en la calle Galiano y San Rafael y estudiante de la escuela Jumbol 7 para alcanzar el 12 grado pueda ser condenado a 4 años de cárcel”.
Según establece el ARTICULO 72 del código penal Se considera estado peligroso la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista. Otro el ARTICULO 73. 1 explica que El estado peligroso se aprecia cuando en el sujeto concurre alguno de los índices de peligrosidad siguientes:
a) la embriaguez habitual y la dipsomanía;
b) la narcomanía;
c) la conducta antisocial
2. Se considera en estado peligroso por conducta antisocial al que quebranta habitualmente las reglas de convivencia social mediante actos de violencia, o por otros actos provocadores, viola derechos de los demás o por su comportamiento en general daña las reglas de convivencia o perturba el orden de la comunidad o vive, como un parásito social, del trabajo ajeno o explota o practica vicios socialmente reprobables.
Esta agencia recogió testimonios de vecinos de los familiares de “Esteban, es buen padre, buen hijo y mantiene una conducta correcta con sus compañeros de trabajo. Hace diez años fue condenado a prisión y cumplió completa su sanción”, dijo otro vecino.
“Actualmente trabaja y estudia solo que al quedar sin vivienda decidió resolver el problema, al que el gobierno no ha querido darle solución”, coincidieron varios.
El mayor de la policía que se identificó por Basulto con número de chapilla 11135 uno de los que participó en la extracción no quiso realizar declaraciones cuando una periodista de esta agencia trató de preguntar porqué a este joven se le acusaba por peligrosidad si trabaja y estudia.
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